AMPLIACIÓN DE LA JORNADA ESCOLAR, JORNADA ÚNICA Y JORNADA EXTENDIDA EN
SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO, EL CASO DE BOGOTA D.C.
En
el recién culminado debate presidencial, que dio como resultado la continuidad
en el gobierno del Presidente Juan Manuel Santos, uno de los temas que se
posiciono en el sector educativo, fue
precisamente el de la implementación jornada única.
Mandato
imperativo de la Ley General de Educación, Ley 115 de 1994, en su artículo 85:
que al tenor refiere:
ARTICULO 85. Jornadas
en los establecimientos educativos. El servicio público educativo se prestará
en las instituciones educativas en una sola jornada diurna.
Ha
sido una política aplazada por múltiples variables, una de las cuales
precisamente es la inexistencia de una infraestructura educativa suficiente
para atender las necesidades de implementación de la misma; esto combinado con
la necesidad de armonizar la jornada laboral Docente y las asignaciones
académicas con la jornada a escolar de por lo menos ocho horas diarias para los
estudiantes, y por último la necesidad
de asegurar o garantizar la alimentación escolar (caliente y fría) que implica
el contar con infraestructura de restaurante escolar o por lo menos una
estratega de atención alimentaria de por los menos dos refrigerios y el
almuerzo a los niños niñas y jóvenes.
No
obstante lo anterior, es una decisión de política pública el adentrarse en la implementación
de la jornada única escolar, y así lo ha manifestado la recién posesionada Ministra
de Educación Gina Parody, aquí entendida como una jornada escolar de por lo menos
ocho horas diarias y 40 horas semanales de intensidad de formación académica
para los estudiantes de los Establecimientos Educativos Oficiales.
El
problema de la infraestructura educativa es relativo, en el sentido que cerca del
60% de los Establecimiento Educativos Oficiales funcionan en una solo jornada,
lo que implica que estarían dadas
condiciones de infraestructura para implementar la jornada escolar única de
ocho horas diarias; En segundo término,
las condiciones para brindar almuerzo y refrigerio a los estudiantes son, en
general, superables con estrategias de suministro de los mismos a través de operadores
privados que garanticen el suministro oportuno de refrigerios y almuerzos calientes.
El debate
central está, tanto en el problema de la
forma como se va a cubrir las necesidades docentes que generaría esta ampliación
efectiva de la jornada escolar, que en esencia y sin mayores cálculos supondria,
en los marcos normativos actuales, implicaría un aumento de un tanto más del 30
% de la planta Docente; esto como conclusión de la simple mirada de algunos líderes
gremiales y Directivos Ministeriales.
No obstante
el Sistema General de Participaciones, difícilmente podría soportar este incremento
de costos nomina, en las condiciones actuales; es decir debemos recurrir a soluciones más creativas, mas analíticas ,
menos centradas en los intereses de los gremios Docentes, mas pensando en los modelos de gestión escolar
y la calidad del servicio educativo; porque por esta vía de resolver todos los problemas
de las necesidades del sector, terminaríamos retrocediendo 30 años en política pública
y terminaríamos nombrando hasta Docentes bibliotecarios.
Esa
no es la solución y nunca la será.
Es
necesario entrara revisar el Decreto
1850 de 2002 y mirar el tema de la jornada laboral Docente y las denominadas
asignaciones académicas de los docentes, para hacerlas concordar con la nueva posibilidad
de ampliación de la Jornada Escolar a ocho
horas diarias; no obstante aquí no trataremos este tema que será objeto de reflexión
posterior; lo que queremos decir aquí es
que es necesario estudiar la necesidad de ampliar la jornada laboral docente a
ocho horas de permanencia obligatoria en la Establecimiento Educativo, con mayor
asignación académica, pero complementado con un aumento importante, significativo
del salario de enganche de nuevos docentes, para equipararlos con las otras profesionales
en el país. Dejamos abierta hasta aquí esta discusión.
El
debate que queremos abordar aquí es el de qué significa realmente la ampliación
de la jornada escolar en dos horas diarias, y diferenciarlos de discursos que
pretende llamar ampliación de jornada
escolar al desarrollo de actividades extracurriculares complementarias en jornada
contraria y que desde hace cerca de diez años se viene implementado en el país.
Desde
ya lo afirmamos, para que la ampliación de la jornada escolar tenga efectos
reales sobre la calidad de la educación, se debe dar de manera rigurosa, ligada
a las áreas básicas y fundamentales de currículo, en desarrollo de competencia lectora
y de compresión textual, de análisis y desarrollo de lógica matemática , y
de desarrollo de pensamiento científico,
entre otros.
Por
ello es necesario entrara a analizar proyectos que en este sentido se vienen implementando
como políticas locales, que como en el caso de Bogotá, está pretendiendo llamar
jornada única a la implementación de una serie de actividades
extracurriculares, que por demás ya han tenido una historia de construcción :
En primer
término miremos, la educación como se concibe dentro del plan de desarrollo
Distrital “Bogotá Humana”
La
intencionalidad política de construir un modelo de ciudad y realizar
planteamientos estratégicos por parte del Alcalde Mayor, se concretan en su plan de desarrollo para el periodo de gobierno
para el cual fue elegido.
En
primer término, formalmente existe una declaración desde el marco general del
plan reconociendo la educación como instrumento fundamental para lograr
la articulación de las nuevas generaciones a la sociedad de manera
deliberativa, reconocimiento de la función de construcción de ciudadanía desde
la educación, lo cual implica aumentar acceso y lograr permanencia desde la educación
inicial a la educación superior:
“Así mismo, la ciudad continuará el esfuerzo en
materia educativa, como base para transformar las oportunidades de la juventud,
al lograr que esta acceda a los ciclos de educación básica, media y superior
como un derecho que les permitirá vincularse a la sociedad como ciudadanas y
ciudadanos activos y con capacidad de decisión.”
Esto
se concreta en el planteamiento del objetivo general del plan:
“Bogotá Humana mejorará las capacidades de sus habitantes (…) ,
mejorará la calidad de la educación pública, incrementará el acceso a la
educación superior de las y los jóvenes,(…)”
A
partir de aquí, el plan de desarrollo define una metodóloga para concretar su
concepción, planteado el desarrollo de ejes u objetivos estratégicos,
esto a su vez se desdoblan en estrategias, seguidas de programas y por ultimo
proyectos estratégicos.
En esta lógica de formulación del plan, el
sector educación fundamentalmente forma parte del Objetivo Estratégico: “UNA
CIUDAD QUE SUPERA LA SEGREGACIÓN Y LA DISCRIMINACIÓN: EL SER HUMANO EN EL
CENTRO DE LAS PREOCUPACIONES DEL DESARROLLO” que pretende:
“Reducir las condiciones sociales, económicas y
culturales que dan lugar a procesos de discriminación que están en la base de
la segregación económica, social, espacial y cultural de la ciudadanía
bogotana. Se trata de remover barreras tangibles e intangibles, que le impiden
a las personas aumentar sus opciones en la elección de su proyecto de vida, de
manera que estas accedan a las dotaciones y capacidades que les permitan gozar
de condiciones de vida que superen ampliamente los niveles de subsistencia básica,
independientemente de su identidad de género, orientación sexual, condición
étnica, de género o de sus preferencias políticas, religiosas, culturales o
estéticas.”
A
reglón seguido, este objetivo estratégico se plantea una serie de objetivos
generales que en lo referido a educación define:
“Artículo 6. Objetivos.‐ Serán objetivos de este eje:
“1. Reducir la desigualdad y la discriminación
social, económica y cultural. Modificar las condiciones que restringen la
formación de las personas, el acceso a condiciones de salud y nutrición
adecuadas para su desarrollo integral, al conocimiento científico y a la
producción y consumo de bienes culturales; así como al conocimiento y
apropiación de valores culturales que les permitan asumir diversos roles, sin
recibir presiones o amenazas, ni ser discriminados por género, religión,
política, adscripción étnica o cultural. Para ello, se busca que la
localización de los soportes institucionales y de infraestructuras que permiten
ampliar y cualificar las acciones a favor de los propósitos anotados se
encuentren equitativamente distribuidas en la geografía del Distrito.”
“3. Ampliar las capacidades que permitan a la
ciudadanía la apropiación de saberes. Estimular la producción y apropiación
social de ciencia, tecnología e innovación para el desarrollo del conocimiento
científico, mediante la investigación básica y su aplicación en procesos de
innovación social y productiva que permitan fortalecer las capacidades
endógenas de la economía bogotana, que apoyen los proceso de transformación
social, la diversificación y el fortalecimiento de la estructura productiva de
Bogotá y la región en que está inscrita.”
Posteriormente
estos objetivos se concretan en estrategias, que respecto a educación se
definen así:
“Artículo 7. Estrategias
C. Garantizar el acceso permanente y de calidad
a la educación, ampliando la cobertura de la educación inicial, extendiendo la
jornada en la educación básica y media y articulando esta última con la
superior, asegurando el enfoque diferencial para minorías étnicas y víctimas
del conflicto armado”
Y
estas a su vez se concretan en Programas y Proyectos Estratégicos así:
“Artículo 10. Programa construcción de
saberes. Educación inclusiva,
diversa y de calidad para disfrutar y aprender desde la primera infancia.‐ Cerrar las brechas de cobertura y calidad
de la educación, determinadas por la ubicación socioeconómica y geográfica de
estudiantes e instituciones escolares. Consolidar un sistema educativo más
integrado, a partir de la ampliación de una oferta pública de calidad,
inclusiva e incluyente, que garantice el acceso y permanencia en la educación
de niños, niñas, adolescentes y jóvenes y que desde un enfoque de derechos
potencie sus capacidades en igualdad de condiciones para todo grupo social.
Implementar acciones pedagógicas que permitan
acceder a una oferta educativa equivalente en intensidad y calidad que
garantice tiempo efectivo de aprendizaje escolar formal; mayores capacidades y
autonomía a las instituciones para innovar en los procesos pedagógicos y planes
de estudio; y participación y articulación de la comunidad educativa en los
modelos de organización institucional.
Fortalecer la base académica y las oportunidades
para que las y los jóvenes transiten hacia la educación superior y promover el
desarrollo de talentos para su vida adulta. Ofrecer a los y las jóvenes la
oportunidad de iniciar sus estudios superiores desde la etapa de la educación
media, con el fin de ayudarles a subsanar deficiencias en su formación básica,
profundizar la oportunidad de exploración vocacional y generar los mecanismos
efectivos de ingreso a la educación superior en cualquiera de sus modalidades.
Los proyectos estratégicos son:
‐ Educación inicial. Educación inclusiva,
diversa y de calidad para disfrutar y aprender desde la primera infancia
‐ Jornada extendida
‐ Educación media y superior
‐ Garantía del derecho a la educación”
En
ese sentido el programa de jornada extendida se concibe dentro del plan de Desarrollo
como un proyecto estratégico, ahora
bien, metodológicamente este se desdobla en el denominado proyecto de formación
integral 40 X 40 que pretende ampliar la jornada escolar, mirémoslo de cerca:
El
proyecto de currículo para la excelencia
académica y la formación integral 40X40 no tiene nada de innovador y único como
lo pretende apuntar y resaltar la Secretaría de Educación:
Iniciativas
y programas como las Jornadas Escolares Complementarias, implementadas hace más
de cinco años en Bogotá y a nivel Nacional
como política de Ministerio de Educación Nacional, que implicaban recursos de las Cajas
de Compensación y pretendían implementar
la formación del estudiantes en jornada contraria y sábados en áreas como las artes,
la recreación, los deportes y la segunda lengua; programas que aun hoy
funcionan en la mayoría de regiones del país y es un programa permanente del
MEN.
Así,
en la circular externa conjunta del Ministerio de Educación Nacional y la Super
Intendencia de Subsidio Familiar, de 11 de mayo de 2009, se definen los
criterios y lineamientos sobre estas JEC,
que, por casualidad, son en general las mismas áreas que implementa hoy al SED
en su rimbombante proyecto poco innovador de 40X40.
Entre
otros antecedentes adicionales están programas del mismo gobierno.
Ya
en 1992 el recordado Alcalde Jaime Castro lanzo su ambicioso programa de Ciudad
Educadora, en donde, con proyectos específicos se pretendía abordar el tema de la
ciudad y la formación integral y complementaria a los niños de los Establecimientos Educativos
Oficiales.
Por
otro lado, en el año 2006 el MEN propuso su ampliación de jornada extendida en
cuatro áreas:
·
Inglés
·
Educación artística,
·
Educación en tecnología,
·
Deporte, recreación, y aprovechamiento del
tiempo libre.
·
Y
avanzo en proponer intensificaciones de horas efectivas para los diferentes
niveles:
Intensidad Actual
|
Intensidad Propuesta
|
|||
Jornada Escolar
|
Semanal
|
Anual
|
Semanal
|
Anual
|
Preescolar
|
20
|
800
|
25
|
1000
|
Básica Primaria
|
25
|
1000
|
35
|
1400
|
Este
programa ha tenido desarrollos interesantes en regiones como Risaralda y Huila,
entre otros y pretendía estrategias centrales desarrolladas al interior del
Establecimiento Educativo, lo que implica un real y efectivo aumento de la
jornada escolar, con permanencia de estudiantes en proceso de formación regulares,
articulados curricularmente al PEI y a los referentes de calidad nacionales.
(Lineamientos Curriculares y Estandares de Competencia). Las actividades
extracurriculares, coordinadas con Entidades Públicas o Privadas, que brindan
procesos lúdicos recreativos y deportivos a los estudiantes son importantes
interesantes pero no se pueden considera en sentido estricto ampliación de la
jornada escolar.
En
ese sentido y de manera estricta, el
Programa 40 X 40 de la SED no es más que una versión adecuada al lenguaje
progresista de una política pública y un programa que por lo menos tiene una
década de implementación en Bogota y a nivel Nacional.
La
pregunta de rigor es porque la SED no
recogió estas experiencias para poder dar un paso adelante, significativo y no
repetir lo que ya otros han hecho, máxime cuando se están implicando tan altos recursos
públicos sin un resultado específico, verificable en términos de impacto sobre
la calidad del servicio educativo que reciben nuestros niños y jóvenes.
El
programa 40X40, tal y como se ha implementado
no resuelve el problema que pretende resolver: La ampliación de la
Jornada Escolar a 40 Horas semanales:
1-.
Porque no impacta las estructuras curriculares, y no aumenta el tiempo de la
jornada escolar regular, en los Establecimiento Educativos Oficiales del
Distrito:
La pregunta de fondo para el debate es: ¿Cuál
es la incidencia real en las estructuras curriculares de los Establecimientos Educativos
Oficiales del Distrito del programa 40X40?; es decir si lo que se pretende es
aumentar el tiempo efectivo dedicado a la formación de los niños y jóvenes, cuántas
horas efectivas se ha aumentado la
intensidad de las áreas básicas y fundamentales en los Establecimientos
Educativos Oficiales que hacen parte del Programa 40X40.
Y más
aún, en aquellas áreas que en general son fundamentales para el desarrollo del
pensamiento lógico matemático, la comunicación, la segunda lengua y el
pensamiento tecnológico.
Pero
adicionalmente la SED debe entregar un serio informe sobre dos temas que
inciden profundamente en las intensidades horarias dedicadas a la formación de
nuestros niños y jóvenes, a la par que implementa o pretende implementar este
poco innovador programa: primero y por un lado y en cumplimiento del Decreto
1850 de 2002, cómo controla la SED que las
horas, tanto de asignación
académica de los docentes, como de formación a los niños y jóvenes sean
efectivamente de 60 minutos y no aquel
sofisma de periodos de 45, 30 o 55
minutos, que no permiten cumplir con los mínimos legales definidos. Segundo,
y por otro lado, como logra controlar el excesivo licenciamiento de estudiantes
por parte de los docentes y los Rectores, sin causa justa alguna, dadas las
consabidas reuniones de Docentes, talleres de Docentes, reuniones del delegado
Sindical con los Docentes, actividades de la Cooperativa de Maestros o sus
elecciones, Elecciones de la ADE o FECODE, , o manifestaciones de Docentes, o
por orientaciones sindicales, existe a caso algún serio estudio de la SED sobre
este aspecto, que es reiterativo en comunicaciones y quejas de padres de
familia.
2-.
Porque las actividades desarrolladas no son en lo fundamental ampliación de
jornada escolar en procesos de áreas básicas y fundamentales y no están
integradas curricularmente:
De
acuerdo al artículo 23 de la Ley 115 de 19943 o Ley General de Educación:
“ARTÍCULO 23. ÁREAS
OBLIGATORIAS Y FUNDAMENTALES. Para el logro de los objetivos de la educación
básica se establecen áreas obligatorias y fundamentales del conocimiento y de
la formación que necesariamente se tendrán que ofrecer de acuerdo con el
currículo y el Proyecto Educativo Institucional.
Los grupos de áreas
obligatorias y fundamentales que comprenderán un mínimo del 80% del plan de
estudios, son los siguientes:
1. Ciencias naturales
y educación ambiental.
2. Ciencias sociales,
historia, geografía, constitución política y democracia.
3. Educación
artística y cultural.
4. Educación ética y
en valores humanos.
5. Educación física,
recreación y deportes.
6. Educación
religiosa.
7. Humanidades,
lengua castellana e idiomas extranjeros.
8. Matemáticas.
9. Tecnología e
informática.
Y
según el informe de la Secretaria de Educación las actividades contempladas en
el proyecto 40X40 ampliación de la jornada escolar son:
ACTIVIDAD FISICA
|
ARQUITEXTOS
|
ATLETISMO
|
BALONCESTO
|
BALONMANO
|
BMX
|
BOXEO
|
CAPOEIRA
|
CICLOMONTAÑISMO
|
CLUB DE AJEDREZ
|
COLECTIVO DE REALIZACION AUDIOVISUAL
|
CORO
|
CREACION EN DANZA
|
CREACION PLASTICA
|
CREACION TEATRAL
|
CREACIONES LITERARIAS
|
ESCALADA
|
ESGRIMA
|
FUTBOL
|
FUTBOL DE SALON
|
GIMNASIA
|
JUDO
|
KARATE
|
LEVANTAMIENTO DE PESAS
|
MUSICA POPULAR
|
MUSICA POPULAR – INICIACION
|
MUSICA POPULAR - MUSICA REGIONAL
|
MUSICA POPULAR - MUSICA URBANA
|
MUSICA SINFONICA - BANDA DE MARCHA
|
MUSICA SINFONICA – INICIACION
|
NATACION
|
PATINAJE
|
PORRISMO
|
RECREACION
|
SKATEBOARDING
|
SOFTBALL
|
TAEKWONDO
|
TENIS DE CAMPO
|
TENIS DE MESA
|
ULTIMATE
|
VOLEIBOL
|
Así,
en los Establecimientos Educativos que cuentan con la implementación del
programa 40X40, las actividades desarrolladas son fundamentalmente en artes y recreación y deportes y desarrolladas
por IDRD, IDARTES, Fundación Gilberto Álzate
Avendaño y Orquesta Filarmónica de Bogotá, actividades muy importantes y que
aportan en el desarrollo integral del niño y joven, actividades de extensión de
estas instituciones, pero en conclusión no se ha superado la concepción
y practica de Jornada Escolar Complementaria, que ya se ha reseñado, y no se ha
afectado la estructura curricular de los PEI en los diversos Establecimientos
Educativos Oficiales Distritales, no se ha trascendido de lo que ya se venía
haciendo.
Un
importante ejercicio de articulación de programas específicos entre estas Instituciones
Distritales y los Establecimientos Educativos Oficiales, nada novedoso, muy
importante pero no es en sentido estricto extensión de la jornada, son algo así
como las ya conocidas escuelas deportivas, escuelas de artes ya implementadas
en proceso anteriores.
Es
necesario preguntar entonces cuál ha sido, en cada Establecimiento Educativo la
ampliación efectiva de estas horas de acuerdo con el programa 40X40, y que
superan las actividades curriculares complementarias,
por que así se denominan, como los
proyectos de CLAN de IDARTES, que además,
no benefician a la totalidad de estudiantes de la totalidad de Establecimientos
Educativos vinculados, lo cual demuestra y significa que no es un programa
articulado curricularmente a los Establecimientos Educativos y al PEI.
Ahora
que el Ministerio de Educación Nacional se ha propuesto esta ambiciosa meta, es
preciso entonces recoger estas experiencias, y valorar qué se pretende
implementar como jornada única en el país y no caer en proyectos que, como
sofismas, distraen la atención de la principal discusión y no aportan en la
efectiva y real ampliación de la jornada escolar, no aportan en el mejoramiento
de la calidad del servicio educativo, y que soslayan discusiones de fondo como
la pertinencia curricular de la ampliación de la jornada escolar, la jornada
laboral docente y sus asignaciones académicas, entre otras.
.