domingo, 23 de abril de 2017

EDUCACIÓN FORMAL DE ADULTOS EN COLOMBIA, UNA DEUDA PENDIENTE

educación Formal de Adultos en Colombia, una deuda pendiente

La educación formal de adultos [1] en Colombia, en el sector oficial,  se ha venido prestando a partir o desde los Establecimientos Educativos Oficiales  en la jornada nocturna, según lo definido en el artículo 85 de la ley 15 de 1994,  modificado por el artículo 57 de la ley 1753 de 2015 así:

ARTÍCULO 57. Jornadas en los establecimientos educativos. Modifíquese el artículo 85° de la Ley 115 de 1994, el cual quedará así:

“ARTÍCULO 85. Jornadas en los establecimientos educativos. El servicio público educativo se prestará en las instituciones educativas en jornada única, la cual se define para todos los efectos, como la jornada escolar en la cual los estudiantes desarrollan actividades que forman parte del plan de estudios del establecimiento educativo y el receso durante al menos siete (7) horas al día. Tratándose de preescolar el tiempo dedicado al plan de estudios será al menos de seis (6) horas.

Las secretarías de educación implementarán los mecanismos para asegurar que los establecimientos educativos entreguen, dentro de sus informes periódicos de evaluación, la relación del total de horas efectivas desarrolladas en cada una de las áreas obligatorias y fundamentales, establecidas por la Ley General de Educación.

Excepcionalmente, cuando las limitaciones del servicio educativo impidan el desarrollo de la jornada única, podrán ofrecerse dos jornadas escolares, una diurna y otra nocturna, bajo la responsabilidad de una misma administración. La jornada escolar nocturna se destinará, preferentemente, a la educación de adultos de que trata el Título III de la presente ley.

PARÁGRAFO. El Gobierno nacional y las entidades territoriales certificadas en educación, diseñarán planes para la implementación, de forma gradual, de la jornada única en un plazo que no supere al año 2025 en las zonas urbanas y el 2030 para las zonas rurales. En el proceso de diseño, las facultades de educación del país, las juntas de asociación de padres de familias y los docentes podrán ser consultados”.

En tal sentido y como primer elemento debemos advertir que los programas de educación de adultos ofertados en la denominada  “jornada fin de semana”, no tienen ningún soporte normativo y no son viables legalmente en los Establecimientos Educativo Oficiales; además por lo mismo no es posible la asignación de horas extras a docentes ni directivos docentes coordinadores, pues dicha “jornada” no existe en la norma y no es contemplada tampoco en el Decreto Nacional de Salarios. (Este tema ya fue abordado en un artículo anterior de nuestro blog: http://patrickalfonsocaicedo.blogspot.com.co/2012/06/la-jornada-fin-de-semana-y-la.html).

La matrícula de educación formal de adultos durante los últimos dos años ha tenido el siguiente comportamiento por sector:


2014
2015
GRADO
Oficial
Contratada
No Oficial
Total
Oficial
Contratada
No Oficial
Total
CICLOS 1 A 6
441887
205004
133413
780304
473674
132757
162583
769014
TOTAL
7698992
956087
1685944
10341023
7608537
812317
1818291
10239145
% Adultos
5,73
21,44
7,91
7,54
6,22
16,34
8,94
7,51

Para el año 2015 la estructura de matrícula por ciclos por sectores, es como se muestra:

2015
GRADO
Oficial
%
Contratada
%
No Oficial
%
Total
Ciclo 1 Adultos
55855
78,03
14928
20,85
794
1,10
71577
Ciclo 2 Adultos
38145
70,14
13835
25,44
2400
4,41
54380
Ciclo 3 Adultos
108776
66,50
31961
19,54
22821
13,95
163558
Ciclo 4 Adultos
123355
61,63
35257
17,61
41513
20,74
200125
Ciclo 5 Adultos
62957
54,82
15950
13,89
35916
31,27
114823
Ciclo 6 Adultos
84586
51,40
20826
12,65
59139
35,93
164551
Total
473674
61,59
132757
17,26
162583
21,14
769014

Es decir que, a pesar que el sector oficial cubre el 61,59% de la matrícula, esta se concentra en  los ciclos, I al IV, pero  decrece su participación  aumentando la del sector no oficial, lo que  explica, entre otros elementos,  la ampliación de oferta de instituciones privadas de validación y educación por ciclos  y alta tasa de deserción del  sector oficial en la transición de básica secundaria a educación media.

En ese sentido en el presente escrito vamos a centrar la reflexión sobre la educación formal de adultos en el sector oficial.

En los Establecimientos Educativos Oficiales, se atendieron en el año 2015, 473 674 Adultos de Ciclo I a Ciclo VI aplicando la modalidad de asignación de Horas Extras a Docentes Oficiales, salvo en Ciclo I o de alfabetización, cuya prestación se realiza a través de contratación del Ministerio de Educación Nacional con operadores privados en el marco del Programa Nacional de Alfabetización.
Para el año 2016, con corte a  septiembre, se presentaba la siguiente composición de matrícula por ciclos y el tamaño de clase respectivo:

Ciclo
Matricula/Grupos/A:G
Total
Ciclo 1 Adultos
Matricula
62191,00
Grupos
1246,00
Relación A:G
49,91
Ciclo 2 Adultos
Matricula
56441,00
Grupos
1761,00
Relación A:G
32,05
Ciclo 3 Adultos
Matricula
136396,00
Grupos
3086,00
Relación A:G
44,20
Ciclo 4 Adultos
Matricula
152878,00
Grupos
3082,00
Relación A:G
49,60
Ciclo 5 Adultos
Matricula
81499,00
Grupos
2759,00
Relación A:G
29,54
Ciclo 6 Adultos
Matricula
106270,00
Grupos
2392,00
Relación A:G
44,43
Total
Matricula
595675,00
Grupos
14326,00
Relación A:G
41,58

Si bien es cierto el tamaño de clase (Relación Alumno:Grupo) de Educación Formal de Adultos es en general de 41,58, al revisar cada caso en cada Entidad Territorial se encuentran una gran dispersión de tamaño de grupos.

Por ejemplo, para Ciclo I alfabetización, encontramos grupos de un estudiante y grupos de más de 100 estudiantes como podemos observar:


Ciclo 1 Adultos
Establecimiento
Matrícula
Grupos
Relación A:G
ANTIOQUIA
7816
103
75,88
ARAUCA
1
1
1,00
BUCARAMANGA
12
2
6,00
BUGA
63
6
10,50
CAQUETA
1586
14
113,29
CHOCO
1961
28
70,04
CORDOBA
3812
32
119,13
FACATATIVA
5
1
5,00
FLORIDABLANCA
4
2
2,00
LA GUAJIRA
3277
42
78,02
LORICA
1029
14
73,50
MEDELLIN
1798
19
94,63
NEIVA
1589
15
105,93
PALMIRA
1097
12
91,42
PIEDECUESTA
6
1
6,00
POPAYAN
653
7
93,29
PUTUMAYO
72
9
8,00
RIOHACHA
255
1
255,00
SABANETA
3
1
3,00
TUNJA
92
1
92,00
VALLEDUPAR
1156
14
82,57
VAUPES
3
1
3,00
VICHADA
7
1
7,00

Esto puede obedecer a  errores de información en  el Sistema Integrado de Matrícula SIMAT, pero evidencia la poca preocupación de las Entidades Territoriales Certificadas en Educación y de los Establecimientos Educativos Oficiales, por tramitar la información con calidad respecto a la educación formal de adultos; además nos pone de presente las dificultades en el registro de la información fundamentalmente en el número de grupos, lo que no permitiría a las Entidades Territoriales Certificadas en Educación establecer criterios técnicos claros para asignar horas extras a docentes para la atención de esta población.

Así en ese sentido, es necesario realizar, desde todas las instancias nacionales y territoriales y organismos de control, un estricto seguimiento al proceso de registro de matrícula y configuración de grupos para Educación Formal de Adultos.

Ahora observemos de manera  general el tema de los recursos que se asignan  y ejecutan en el Sistema General de Participaciones para la Educación Formal de Adultos.

Para el año 2016 de acuerdo a la tipología de asignación para Educación Formal de Adultos Ciclo II al Ciclo VI, contenida en documento CONPES, y realizando el cálculo frente a la población atendida, el SGP trasfirió cerca de      $ 290.429.876.963, por atención a esta población, esta cifra según el Documento CONPES 14 de 2017 se redujo a $227.807.543.828, con referencia  a la población atendida en los Establecimientos  Educativos Oficiales. Y que solo se reconoce el 25 % de la tipología para Educación  Formal de Adultos para la matricula oficial  que termino el ciclo al fin de año y 60% del valor de este porcentaje para aquellos estudiantes retirados que permanecieron al menos  5 meses en el servicio  educativo.

Por otro lado, para el año 2015 y de acuerdo a los reportes de SINEB, las ETCE, de su asignación dedicaron 47.108.590.037,00, millones de pesos en pago de horas extras para la atención de Educación Formal de Adultos.

Por último, para el año 2016 según los  contratos registrados en el Formato Único de Estadísticas de Contratación del Servicio Educativo – FUC,  24 Entidades Territoriales Certificadas en Educación, suscribieron contratos de prestación de servicio educativo para atender 128. 201 estudiantes en  Educación Formal de Adultos por un total de $91.443.648.868.

De acuerdo con la anterior información, la modalidad de atención preponderante para la Educación Formal de Adultos, es a través o por medio de oferta en los Establecimientos Educativos Oficiales, que cubre la asignación académica mediante la asignación de horas extras a docentes de planta.
Esta modalidad presenta algunas dificultades a saber:

1-. La falta de continuidad en la prestación del servicio, dado que no es tan fácil encontrar docentes dispuestos  asumir la carga académica de la jornada nocturna bajo la modalidad de Horas Extras, lo que implica que en algunas áreas y asignaturas la formación empiece tarde o no de manera oportuna.

2-. Los docentes que asumen esta asignación académica no están obligados  a permanecer durante la totalidad del año académico, lo que en ocasiones genera cambio de docentes hasta por tres ocasiones en asignaturas, lo que dificulta el proceso de formación.

3-. En general los docentes que asumen las horas extras, reproducen la metodología y contenidos  definidos para los estudiantes de Educación  Básica y Media regular, esto no permite desarrollar procesos pertinentes de formación en la Educación Formal de Adultos.

4-. En ese sentido y al ser la dedicación del docente solo de Hora Extra, este no asume tiempo para la preparación de  materiales y metodologías  didácticas apropiadas para la Educación Formal de Adultos.

5-. De la misma manera, es muy difícil encontrar Establecimientos Educativos Oficiales que hayan incorporado en su Proyecto Educativo Institucional un modelo educativo Flexible y Pertinente para la Educación Formal de Adultos, ni mucho menos que haya diseños metodológicos, enfoques pedagógicos, construcción de materiales didácticos y guías de aprendizaje que complementen la formación presencial con actividades no presenciales.

6-.  Por otro lado, las Secretarías de Educación de las Entidades Territoriales Certificadas en Educación, no realizan seguimiento al desarrollo de los proceso de formación en Educación Formal de Adultos y tampoco desarrollan asesoría para el mejoramiento de estos procesos.

7-. Así mismo, la oferta de Educación Formal de Adultos en las Entidades Territoriales Certificadas  en Educación es muy dispersa, y existen muchos Establecimientos Educativos, con bastante proximidad, que ofrecen esta formación, lo que hace que subsistan jornadas nocturnas con muy baja matricula, grupos pequeños y con ningún criterio de calidad y eficiencia  en sus procesos.

En ese orden de ideas es necesario realizar un proceso  estratégico de redefinición de la Educación Formal de Adultos que permita brindar a esta población  procesos de formación de Calidad, Integrales, Pertinentes, Flexibles, con componente productivo,  con materiales didácticos propios, con componentes virtuales, lo que implica una serie de acciones y responsabilidades para cada uno de los niveles de gestión del Sistema Educativo Colombiano.

El Ministerio de Educación Nacional

El rector de la política pública educativa, debe desarrollar múltiples tareas que está en mora de abordar;  en primer término debe construir  y reportar indicadores de Cobertura, Eficiencia y Calidad para los procesos de Educación Formal de  Adultos, pero igualmente debe establecer metas en estas áreas incorporándolas al  Plan Decenal de Educación.

También está en deuda con el país para revisar y actualizar, dando pertinencia  a lo contenido en el Sección 3, Educación Formal de Adultos, Artículo 2.3.3.5.3.1.1., y subsiguientes,  de Decreto 1075 de 2015, que compila lo establecido en el Decreto 3011 de 1997; sintonizándolo con las tendencias contemporáneas y sobre todo la incorporación de las TIC´s a la Educación Formal de Adultos, lo que también implica incentivar la generación de iniciativas de construcción de Modelos Educativos Flexibles que den pertinencia y calidad a los procesos de Educación Formal de Adultos, impulsando  el desarrollo de innovaciones metodológicas y didácticas que, además,  incorporen las tecnologías de la información y la comunicación a estos procesos, impulsando la generación de experiencias con componentes virtuales.

La Entidad Territorial Certificada en Educación

Por su parte, la Entidad Territorial Certificada en Educación debe  desarrollar un  proceso de diagnóstico que permita caracterizar  y georreferenciar  la demanda  y población por atender y a partir de allí, reestructurar  la oferta de Educación Formal de Adultos en los  Establecimientos Educativos Oficiales, garantizando la racionalidad de la oferta, la eficacia de la misma, las relaciones técnicas alumno:docente y los tamaños de clase, que permitan focalizar los recursos, centralizar a la población y desarrollar experiencias sistemáticas de formación de adultos, ello implica por un lado, desestimular la proliferación de jornadas nocturnas con mínimos de matrícula  y los programas de formación de adultos para fines de semana y por otro lado, determinar la estrategia para atender a la población focalizada, que puede contemplar la construcción de modelos flexibles y pertinentes propios de los Establecimientos Educativos Oficiales o la integración e implantación de modelos educativos diseñados por particulares,  o la contratación de la prestación de este servicio con Instituciones Educativas no oficiales.; en las dos primeras alternativas se debe desarrollar un proceso de incorporación del Modelo Educativo Flexible y Pertinente al Proyecto Educativo Institucional.

En ese sentido, la Entidad Territorial Certificada en Educación debe  estructurar un plan de oferta territorial de Educación Formal de Adultos en donde determine la oferta por municipio y/o localidad, según  el caso y los Establecimientos Educativos que adelantarán este proceso, además que incluirán las metas, objetivos, estrategias y recursos financieros para garantizar la prestación del servicio educativo con calidad desde el Ciclo I hasta el Ciclo VI. En este plan también definirá las estrategias territoriales y zonales para la atención de la población identificada,   que pueden consistir en el desarrollo de un modelo pertinente e integral formulado por el Establecimiento Educativo Oficial o la operación de modelos educativos flexibles  diseñados para esta población, que en todo caso se implementará  en el marco del Proyecto Educativo Institucional del Establecimiento Educativo Oficial determinado por la Entidad Territorial Certificada en Educación, o la contratación de la prestación de este servicio con Instituciones Educativas no oficiales.

El Establecimiento Educativo

Por último, el Establecimiento Educativo Oficial, definido por la Entidad Territorial Certificada en Educación, para ofertar la Educación Formal de  Adultos, debe establecer e integrar dentro de su Proyecto Educativo Institucional, las metodologías, los diseños curriculares, los materiales didácticos, para desarrollar los procesos de formación de adultos,  tanto en su componente presencial como no presencial, que deberán estar acorde con los marcos de lineamientos y  referentes de formación establecidos por el Ministerio de educación Nacional.

El Establecimiento Educativo Oficial incorporará en su Proyecto Educativo Institucional el modelo educativo flexible definido por la Entidad Territorial Certificada en Educación para en coordinación con el operador de dicho modelo.

Esperamos que estas notas nos permitan abrir una sincera discusión sobre el tipo de educación que estamos brindando a nuestros estudiantes de la Educación Formal de Adultos,  que en la mayoría de casos es de tercera o cuarta categoría y por la cual no existe ninguna preocupación por parte de los Docentes, que la asumen con un refugio para mejorar sus ingresos, a través de la asignación de horas extras, ni por parte de los Rectores, que la justifican  para obtener un porcentaje de sobre sueldo por tener ofertada esta jornada adicional, ni tampoco por parte de las Entidades Territoriales Certificadas en Educación que la subvaloran y nunca ejercen funciones de control inspección y vigilancia sobre su desarrollo.




[1] Así se denomina el la Ley General de Educación, según el Título III, Capitulo 2, Artículos  50 al 54 .

jueves, 19 de mayo de 2016

El componente Educación dentro del Plan de Desarrollo Distrital 2016 2020 “Bogotá Mejor para Todos”

El componente Educación dentro del  Plan de Desarrollo Distrital 2016 2020 “Bogotá Mejor para Todos”

En estos momentos se encuentra en pleno debate en el  Honorable Concejo de Bogota el Plan de Desarrollo Distrital 2016 20202 “Bogotá Mejor para Todos”, presentado por el Alcalde Mayor Enrique Peñalosa luego de un proceso  elaboración técnica y consulta ciudadana.

En primer término reconocemos que, tanto el objetivo como el propósito del Plan de desarrollo en debate, asumen un concepto de ser humano y ciudad de manera integral;

Objetivo Plan
Propósito
Propiciar el desarrollo, pleno del potencial de los habitantes de la ciudad para alcanzar la felicidad de todos en su condición de individuos, miembros de familia y de la sociedad
Aprovechar el momento histórico para reorientar el desarrollo de la ciudad, teniendo en cuenta que enfrentamos una oportunidad única para transformar la dinámica de crecimiento de Bogota y hacerla una ciudad distinta y mejor

Construir una ciudad distinta y mejor para que sus habitantes, ciudadanos activos, logren como personas la realización de la felicidad.

El plan propone que estos horizontes los logre la ciudad, por medio de tres pilares y cuatro ejes trasversales:

Pilares
Ejes Transversales
Igualdad en la calidad de vida
Nuevo Ordenamiento Territorial
Democracia Urbana
Desarrollo Económico Basado en el Conocimiento
Construcción de Comunidad
Sostenibilidad ambiental basada en la eficiencia energética
Gobierno legítimo fortalecimiento local y Eficiencia

En esta estructura propuesta por el plan de desarrollo, el sector educación hace parte del primer pilar sobre “igualdad en la calidad de vida” en los siguientes programas:

Calidad educativa para todos
Inclusión educativa para la equidad.
Acceso con calidad a la educación superior.

Presentamos un cuadro síntesis de estos programas:

Programa
Estrategia
Definición
Calidad Educativa para todos





Bogotá reconoce a sus maestros, maestras y directivos como líderes de la transformación educativa.
"La estrategia contemplará el apoyo al fortalecimiento de las licenciaturas y el acompañamiento a los docentes nóveles, la creación de la Red de Innovación del Maestro y el fomento a la innovación educativa. (…) Esta Red comprenderá acciones orientadas al acompañamiento y formación continua de las maestras, los maestros y los directivos docentes, que responderán a sus necesidades, a las del contexto local en el cual desempeñan su labor y, especialmente, a la transformación de las prácticas de aula que permitan el mejoramiento de las competencias básicas y las capacidades requeridas en todos los niveles y etapas del ciclo de vida de los estudiantes." (pg 110)
Uso del tiempo escolar y jornada única.
"De acuerdo con lo anterior, avanzar hacia una educación de calidad implica, entre otras acciones, el aumento y significancia del tiempo escolar a través de la jornada única o estrategias complementarias del uso del tiempo en la escuela, aprovechando la oferta de espacios de la ciudad a favor de los aprendizajes de los estudiantes."
Énfasis en el fortalecimiento institucional desde la gestión pedagógica.
"es necesario acompañar a todas las instituciones educativas en el refinamiento y fortalecimiento de su gestión institucional y pedagógica. Para lograr esto se deben orientar esfuerzos coordinados y concurrentes
en torno a programas de acompañamiento para el fortalecimiento de proyectos educativos institucionales, los cuales demarcan los lineamientos y el horizonte de la institución educativa."
Oportunidades de Aprendizaje desde el enfoque diferencial
"Para garantizar el servicio educativo a los grupos sociales y poblacionales históricamente excluidos y discriminados, se propone una educación inclusiva con enfoque diferencial y la transversalización del enfoque
de género. Se buscará fortalecer la atención desde la diferencia, asegurando que las instituciones educativas cuenten con las aulas, la dotación y los profesionales requeridos, promoviendo a su vez el acompañamiento institucional para prevenir la discriminación y la deserción subsiguiente."
Evaluación para transformar y mejorar.
"(...)la cual centrará sus acciones en el acompañamiento a las instituciones educativas para el uso efectivo de los resultados de las pruebas internas y externas, y la formulación e implementación de planes de mejoramiento, teniendo como foco especial de trabajo a las instituciones de bajo logro. La ruta también contemplará acciones orientadas al acompañamiento de los maestros y maestras desde una retroalimentación pedagógica, donde la observación de aula será un escenario para la construcción entre pares."
Desarrollo integral de la educación media.
"El programa buscará fortalecer las competencias básicas y habilidades sociales y emocionales de los jóvenes mediante la ampliación de los espacios de exploración y diversificación de la oferta de educación media con un enfoque por áreas e intereses."
Inclusión educativa para la equidad








Gestión territorial de la cobertura educativa.
En este propósito se realizará una intervención diferenciada rural-urbana en las veinte localidades del Distrito Capital, a partir de la identificación de las condiciones relacionadas con el acceso y la permanencia escolar. Este ejercicio permitirá la formulación, implementación, seguimiento y evaluación de Planes de Cobertura Local que orientarán la gestión territorial, y que involucrarán el desarrollo de acciones focalizadas para superar las causas particulares de la inasistencia y la deserción escolar a nivel local.
Ruta del Acceso y la Permanencia Escolar
Dicha ruta reconocerá la atención diferencial de población en situación de discapacidad y talentos excepcionales, grupos étnicos, población rural, víctimas, entre otras, para evitar que su diversidad se convierta en desigualdades educativas.
Ambientes de aprendizaje para la vida.
Particular énfasis se dará a la construcción, mejoramiento y dotación adecuada de infraestructura educativa, con el fin de disponer de espacios dignos y proclives para el aprendizaje de los niños en la educación
preescolar, básica y media, y su articulación con escenarios para la cultura y el deporte, que potencien la oferta de espacios y de encuentro con la comunidad. Estas intervenciones se priorizarán en las zonas deficitarias de mayor demanda educativa así como en las localidades donde se desarrollarán los proyectos de vivienda de interés social y prioritaria de la ciudad. Así mismo, se dispondrán espacios para el funcionamiento de la Red de Innovación al Maestro, a fin de contar con los ambientes necesarios para la transformación de la práctica pedagógica en función de la  problemáticas educativas del docente en su contexto.
Promoción del servicio educativo con bienestar, calidad y oportunidad.
La estrategia se orienta a garantizar los procesos y procedimientos para promover y consolidar la prestación del servicio con calidad, haciendo visible el concepto de bienestar integrado, que incluye los temas de alimentación, estilos de vida saludable, movilidad, dotaciones y en general todas las acciones y estrategias que suman para hacer de la experiencia educativa una experiencia significativa y de calidad.
Proceso moderno de matrícula con enfoque de servicio al ciudadano y con búsqueda de población desescolarizada
Se continuará con la modernización del proceso de matrícula, brindando un adecuado servicio al ciudadano e involucrando la diversificación de los canales de atención. De otro lado, a través de un proceso de búsqueda territorial (casa a casa), se realizará la identificación y caracterización de la población que se encuentra por fuera del sistema educativo, realizando la gestión del cupo escolar, logrando matricular 12.000 nuevos niños, niñas y jóvenes en el sistema educativo. También se hará un trabajo de articulación intersectorial con diferentes entidades de orden nacional y distrital (Alta Consejería Distrital para las Víctimas la Paz y la Reconciliación, Departamento Administrativo para la Prosperidad Social (DPS), SDIS, Secretaría de la Mujer (SDM), entre otras), con el fin de que ningún niño, niña o adolescente esté por fuera del sistema educativo.
Acciones orientadas al fortalecimiento de la educación rural y atención a grupos vulnerables.
Ampliación y fortalecimiento de la oferta educativa con estrategias semi-escolarizadas para la atención de estudiantes en extra edad y adultos.
Gratuidad Educativa
Atención a población diversa y vulnerable, con énfasis en la población víctima.
Fomento de buenas prácticas de administración del servicio educativo.


Vamos a abordar aquí, primero lo relacionado con las propuesta para la educación preescolar básica y media, en donde es preciso reconocer de entrada que en la propuesta se percibe una real intención de recuperar la  articulación activa y propositiva de Bogotá con las políticas públicas nacionales en educación, importante avance pues el Distrito Capital,  que constituye  algo más del 10% de la población  escolar matriculada en los establecimientos educativos oficiales, tiene experiencias y desarrollos conceptuales y proyectos implementados que enriquecen y nutren la política pública nacional, Bogotá debe volver a ser un referente importante en el desarrollo del sector educativo, a partir de sus formulaciones proyectos y desarrollos de programa específicos.

La estrategia “Bogotá reconoce a sus maestros, maestras y directivos como líderes de la transformación educativa” , recoge el concepto de mejoramiento mejoramiento de prácticas de aula a partir de  acompañamiento de pares in situ, diseño inicial del Programa para la Transformación de la Calidad Educativa, implementado por el MEN desde año 2012, siendo muy  importante, pero insuficiente, que al desarrollo de esta política de mejoramiento de la calidad se articule con el I D E P; no obstante, es necesario que la Secretaria de Educacion Distrital realice una valoración  del papel que históricamente ha venido cumpliendo este instituto y planteé su redefinición, reestructuración  y articulación con la política general del distrito, pues solo un cambio de rumbo, una articulación orgánica y estructural con la SED y una redefinición de sus alcances, van a permitir que este instituto pase a ser protagonista en el mejoramiento de la calidad educativa, superando su actual estatus y función, como caja menor de anteriores Secretarios de Educación y de algunos investigadores, académicos y pedagogos aislados de la política pública educativa distrital.

En segundo término, el programa de jornada única debe permitir ampliar su meta, pues en este cuatrienio es muy baja la aspiración que en el 30 % de los establecimientos educativos se implemente la jornada única, máxime cuando la meta nacional es que el programa este implementado el 2025 en 100 % de  los establecimientos educativos del país,  en ese sentido se debe ampliar la meta del cuatrienio logrando que el 50 % de los Establecimientos Educativos Oficiales implementen la jornada única, que además deber debe ser la prioridad, sobre aquellas actividades complementarias que, si bien son importantes, generan menores impactos en la calidad educativa.

En tercer término, es necesario continuar apoyando  a los establecimientos educativos en sus desarrollos pedagógicos y recontextualizacion de sus  P E I`S, pero también es necesario valorar si esta medida es suficiente o genera alcance real en la transformación de prácticas pedagógicas al interior del Establecimiento Educativo; más allá de lo anterior, es necesario profundizar en el apoyo  a la gestión integral del Rector, no solamente desde la perspectiva de la administración escolar, sino también desde el debate sobre la Gestion Educativa Escolar, pues durante mucho tiempo nos hemos centrado en el necesario apoyo al docente y estudiante pero hemos dejado al margen el proceso de consolidación de la Gestion Educativa Escolar y del Rector como su principal protagonista. Es necesario que la S E D en este presente plan de desarrollo, dé mayor alcance al apoyo a la gestión del Rector y no solo lo mencione  tangencialmente, este apoyo no solo consiste en procesos de formación, si no ante todo en redefinir el rol del Rector  en la redimensión y proyección del Establecimiento Educativo a partir de su Gestion Educativa Escolar. 

En ese sentido, una de las carencias principales de esta propuesta de Plan de Desarrollo, es que no se evidencia el problema central de la gestión educativa escolar, no propone  un programa específico para desarrollar gestión escolar y fortalecer el papel del Rector, y se nota una reducción conceptual a  la mera administración escolar, con referentes de prácticas diferentes al sector oficial así,  se evidencia aquí claramente que  para la Secretaria de Educacion, el problema de la Gestión Educativa Escolar queda reducido a las buenas prácticas de administración educativa, (desde el modelo de concesión educativa),  sin negar que buena parte del éxito de los Colegios en Concesión radica, precisamente en su modelo de administración y las prácticas de gestión institucional, no se puede reducir está a la mera administración y tampoco negar que las experiencias exitosas en evolución de calidad educativa en Establecimientos Educativos Oficiales, la mayor de las veces implica o contiene el desarrollo de modelos de Gestion Educativa Escolar o por lo menos practicas innovadoras que, brindándoles perspectiva, proyección y reconocimiento, pueden ayudar, en un dialogo de pares, a mejorar las prácticas de gestión educativa escolar en todos los Establecimientos Educativos Oficiales.    
    
A nivel de la estrategia para el desarrollo integral de la educación media,  es necesario primero definir y evaluar el alcance que han tenido los proyectos de fortalecimiento de la educación media en las anteriores planes de desarrollo, pues se han invertido una muy importante cantidad de recursos presupuestales del distrito y su impacto no ha sido medido, convirtiéndose este programa en un pretexto, no  de fortalecimiento de la educación media, si no de universidades que, articuladas con colegios, aseguran mercadeo parta sus programas, y curricularizan la educación media en función no del desarrollo de competencias básicas y transversales, sino de contenidos de primeros semestres de dichas universidades, vale la pena el redimensionamiento que propone o se intuye en la propuesta del  plan de desarrollo, para fortalecer los Establecimientos Educativos en sus programas de media y no en función de fortalecer matricula de instituciones de educación superior privadas. 
   
A nivel del programa de acceso y cobertura nos parece muy importante, aunque no es nuevo, reconocer que la cobertura se debe planear localmente y más aún en las localidades deficitarias; como  también resulta importante la  iniciativa de recurrir al trasporte no motorizado y al transporte masivo para reducir la contratación de trasporte escolar tradicional y mejorar la movilidad local, no obstante este implica un ejercicio fino de planeación local de la oferta educativa y de hacer coincidir dicha oferta con la ubicación georreferenciada de los estudiantes y aspirantes, para que no se complique la vida del estudiante y sus padres al forzarlos realizar desplazamientos extensos en medios no motorizados, e igual implica una articulación con programas como la gerencia de la bicicleta.

Por ultimo queremos rescatar esta importante afirmación:

“Igualmente se desarrollarán acciones dirigidas a optimizar la distribución de la planta de personal y articular los procesos de planeación, formación y desarrollo del recurso humano en función de la estrategia de modernización de la gestión institucional y del sistema integrado de calidad, para a su vez garantizar la suficiencia, la selección, la vinculación, la permanencia, las novedades de personal, y la evaluación del desempeño hasta el retiro del servidor público.” (pg 111)

Aquí, aunque de manera tímida, se reconoce que existe un problema frente a  la administración de la planta de personal  docente y directivos docente al servicio de la secretaría de educación, este tema es preciso desarrollarlo y avanzar en aclarar,  pues es necesario definir el papel que están cumpliendo  no menos de 300 docentes que no se encuentran en el aula y están desarrollando labores administrarías diferentes a las que normativamente les corresponde, así como los cerca de 200 docentes que se encuentran cumpliendo funciones de carácter gremial, cooperativo y otras, sin ningún soporte normativo,  tema que debe ser abordado de manera categórica por la Secretaria de Educación Distrital, para borrar presuntos indicios de corrupción en la gestión del personal docente de los establecimientos educativos y poner dicha planta docente al servicio  de la formación de nuestros niños y jóvenes.

Finalizando: este es un plan de desarrollo sectorial que no pretende posar de originalidad absoluta ni de transformaciones conceptuales radicales,   pero si es un plan solido  conceptualmente,  con una estructura claramente definida, con metas realizables, en algunos casos hasta modestas, pero con una claridad conceptual y organizativa que permite ver un camino definido con inteligencia y visión técnica, que en definitiva muestra la calidad y el talante de la Secretaria de Educación de Bogotà  Maria Victoria Angulo Gonzalez.

lunes, 16 de noviembre de 2015

Implementación de la Jornada Única en Bogotá. La improvisación de la Resolución 1905 de 2015

Implementación de la Jornada Única en Bogotá.
La improvisación de la Resolución 1905 de 2015.

La pretendida transformación  por la vía formal, de la realidad de implantación de la jornada única en Bogotá – hacemos mención a la resolución 1905 de2015- evidencia la paradoja de nuestro país, la formalidad por encima de la realidad, donde creemos que los problemas se resuelven promulgando leyes , decretos o ,  ahora resoluciones,  y que las realidades se transforman desde la formalidad del acto administrativo y no este como resultado del  análisis de las realidades y las necesidades de adecuación normativa y reglamentaria.

Ya en otros artículos habíamos resaltado los tres pilares centrales del programa de jornada única  planteados por el Ministerio de Educación Nacional, http://www.patrickalfonsocaicedo.blogspot.com.co/2015/01/jornada-unica-y-gestion-educativa.html.

Y también resaltamos que la implantación de la jornada única implica una seria transformación de los marcos normativos y reglamentarios, que permitan implementar el programa de una manera coherente y estructural.

1-. Citamos  la necesidad de modificar el decreto único de salarios, para los Rectores y Directores Rurales que en sus Establecimientos Educativos  implementen la jornada  única, para que  no pierdan el porcentaje de salarios que como  sobresueldos   han venido percibiendo por sostener en sus establecimientos educativos dos o más jornadas (20%, 25% 30%), permitiendo que  se convierta en un instrumento de incentivo a los rectores para la implementación de la jornada única y no un  obstáculo para la misma, es más, se debe lograr que los rectores que reduzcan de tres a dos jornadas ( Única y Nocturna) o aquellos que reduzcan de dos  a Jornada Única,  reciban un reconocimiento adicional de 5% del salaria básico, por encima del 20%, 25% y 30 % que habitualmente se les viene reconociendo.

2-. La transformación normativa también implica definir con claridad los elementos de jornada laboral docente y asignaciones académicas y por otro lado, la trasformación o cambio de parámetros técnicos para la asignación de docentes por nivel  lo que implica revisar y cambiar el Decreto 3020 de 2002, agregando parámetros técnicos de asignación de docentes con funciones de orientación, y generando tipologías de asignación de servicios de apoyo administrativos, tanto para el área misional de la formación, como para los servicios de apoyo complementarios, susceptibles de ser operados externamente (servicios  generares de aseo y vigilancia).

En lo referente a los parámetros técnicos de asignación de docentes por nivel, en preescolar y primaria no deberían cambiar, dado que de acuerdo al Decreto 1850 de 2002, la asignación académica de estos docentes se asemeja a la jornada escolar, así si en preescolar se aumenta de 4 a 6 horas mínimo la jornada escolar, el docente debería cubrir esta seis horas en su jornada laboral, en secundaria si se aumenta a ocho horas diarias de jornada escolar, y continúan los docentes con una asignación académica de22 horas efectivas , se debería asigna un parámetro de 1,81 docentes por cada grupo de secundaria y media académica. No obstante y por aquello de la igualdad en la labor docente, se podría asignar un parámetro de 1,36 docentes por grupo de preescolar y 1,59 Docentes por grupo de primaria.

Esto debe ser, entonces tema de revisión y planteamiento serio por parte del Ministerio de Educación Nacional, por medio de un decreto reglamentario del tema.

3-.Un tercer elemento que ya habíamos también  mencionado, es el de la transformación de los establecimientos educativos y la autorización, por medio de acto administrativo, de reconocimiento de la oferta legal de sus jornadas institucionales y aquí es donde queremos referirnos al caso de Bogotá, con la promulgación de su Resolución 1905 de20 de Octubre de 2015.

En primer término, si bien es cierto que es competencia legal de la Entidad Territorial Certificada en Educación, la de:

 “Dirigir, planificar; y prestar el servicio educativo en los niveles de preescolar, básica, media en sus distintas modalidades, en condiciones de equidad, eficiencia y calidad, en los términos definidos en la presente ley. (…).
(…)Administrar, ejerciendo las facultades señaladas en el artículo 153 de la Ley 115 de 1994, las instituciones educativas y el personal docente y administrativo de los planteles educativos, sujetándose a la planta de cargos adoptada de conformidad con la presente ley. Para ello, realizará concursos, efectuará los nombramientos del personal requerido, administrará los ascensos, sin superar en ningún caso el monto de los recursos disponibles en el Sistema General de Participaciones y trasladará docentes entre los municipios, preferiblemente entre los limítrofes, sin más requisito legal que la expedición de los respectivos actos administrativos debidamente motivados.”

También es cierto que, para poder transformar la oferta de la jornada escolar, debe desarrollar un proceso de construcción colectiva de consensos con la comunidad educativa,  en donde se  pretende implantar la Jornada Única, es decir debe contar con los actores del Establecimiento Educativo y con el Rector como su líder gestor.

Esta parte metodológica, de construcción democrática de consensos, es la que obvió la Secretaría de Educación de Bogotá, que en un afán improvisado de responder, después de dos años de haberse propuesto el debate por parte del Ministerio de Educación Nacional, responder a la jornada única, con el único interés , no declarado, de defender o sostener una planta de cargos docentes que exceden los requerimientos y necesidades actuales de la matricula oficial del distrito, que valga la pena decir ha ido en decrecimiento en los últimos cuatro años.

La mencionada resolución adolece de varias fallas,  primero, impone sin una consulta  ni dialogo democrático y respetuoso  con los Establecimientos Educativos; establece e impone la jornada única de ocho horas en 20 establecimientos de 8 localidades, lo que implica que estos establecimientos solo funcionarán en una jornada que equiparan entre jornada única y completa.
Pero lo más grave es que impone  a 85 Establecimientos Educativos de  las 19  localidades urbanas del Distrito, la implementación de la doble jornada única (sic), cada una de ocho horas diarias, lo que implica que el Establecimiento Educativo  funcionará 16 horas diarias.

La pregunta es; cómo resolverá esto la SED Bogotá sin afectar la cotidianidad de la escuela y sus comunidades, pero mejor aún, cómo operará esta decisión en el Establecimiento Educativo, pues  parece poco probable  funcionar  16 horas diarias para un Establecimiento  Educativo  en dos jornadas únicas (completas) a no ser , y aquí está la falacia y el sofisma,  que el  Secretario  de Educación nos pretenda vender como jornada  única,  el muy improvisado, exageradamente costoso y de muy bajo impacto,  programa 40X40, que como ya habíamos reseñado antes http://www.patrickalfonsocaicedo.blogspot.com.co/2014/09/jornada-unica-y-jornada-extendida-en.html, es una copia nada original de programas anteriores y que no se pueden asemejar al programa de Jornada Única.

Por varias razones, la primera es que la ampliación de la jornada única debe ser institucional y afectar a todos los grados, niveles,  grupos y estudiantes  del Establecimiento Educativo y no a algunos de ellos o grupos focalizados de interés en actividades lúdico recreativas (esto también debe ser revisado por el MEN , para no llamar Colegios Jornada Única a aquellos que implementan parcialmente una ampliación de jornada escolar);  en segundo lugar, la ampliación efectiva de ocho horas diarias de actividades académicas de los estudiantes,  debe estar incorporada en el Proyecto Educativo Institucional y debe obedecer a la estructuración curricular propia del Establecimiento Educativo, obedeciendo al fortalecimiento de competencias en las áreas básicas y fundamentales definidas por la Ley 115 de 1994,  y en las cuales los estudiantes tengan bajos desempeños en las pruebas SABER.

La tercer razón, es que la utilización de espacios urbanos, escenarios culturales, deportivos y demás, o la articulación con las ofertas de capacitación de los entes distritales, son complementarios a la actividad de formación propia del Establecimiento Educativo, y no alternativa permanente, sin estructuración curricular  pues la  autonomía curricular institucional dependería de ofertas externas y escenarios ajenos  al Establecimiento Educativo.

No basta toda la paráfrasis de la mencionada resolución, para ocultar su inconsistencia técnica, normativa y sobre todo conceptual, que hace inviable e inoperable la Jornada Única en Bogotá asimilándola al programa de 40X40, en los términos allí planteados.

Se hace necesario abrir el debate entre los Rectores de los Establecimientos Educativos afectados por la Resolución 1905 de 20 de Octubre de 2015, haciendo un llamado de atención al Equipo de empalme del Alcalde Electo y su cabeza en el sector educación, para que revisen oportunamente este tema y replanteen los términos de la implementación de la Jornada Única en el Distrito Capital.


lunes, 26 de enero de 2015

Jornada Única y Gestión Educativa Escolar

Inició la implementación del programa de Jornada Única del Ministerio de Educación Nacional , que implicó un esfuerzo importante no solo en recursos para cubrir los requerimientos  adicionales de alimentación escolar, aunado con los recursos que se van a destinar para infraestructura escolar, adicionalmente  los Establecimientos Educativos que se subieron al bus de la Jornada Única, van a recibir incentivos para sus docentes, como la priorización en la adjudicación de incentivos para estudio de maestrías,  además de los importantes recursos que se van a invertir en pago de horas extras y asignación de docentes para implementación del Programa.

Existen, por lo menos tres cosas claras en el programa de Jornada  Única implementado, por el Ministerio de Educación Nacional:

1-. La Jornada Única se entiende como un incremento efectivo, real e  institucional, de horas dedicadas a la formación de los estudiantes que, por lo menos implica, dos horas diarias adicionales,  de actividades curriculares:

“Entendemos como jornada única una jornada escolar de 7 horas para preescolar, 8 horas para primaria y 9 horas para secundaria y la media, en la cual los estudiantes adelantan actividades que hacen parte del plan de estudios del establecimiento educativo.”
2-. La formación  adicional de horas,  se debe dar en áreas fundamentales del currículo y no como actividades complementarias, así esto afecta la formulación del Plan de Estudios y del Proyecto Educativo Institucional y como tal esta tarea debe ser abordada, como parte del plan de acción de este año,  por el Consejo Académico y Consejo Directivo del Establecimiento Educativo:

“(4) ajuste al plan de estudios para un aumento en las horas de estudio en matemáticas, lenguaje, ciencias e inglés. Esto podrá variar si la implementación de la Jornada Única se
Va a realizar en primaria, secundaria o media.”

3-. En principio, la implementación de estas horas adicionales se hará por medio de asignación de horas extras a docentes y / o por optimización de planta docente, es decir la reubicación de docentes que se encuentran sin asignación académica, en el mismo o en  otros Establecimientos Educativos, lo que implica que al momento, no se van a  crear cargos nuevos de planta docente para que las Entidades Territoriales implementen la Jornada Única.

En general es una muy interesante arrancada en firme del programa de Jornada Única, no obstante surgen algunas  inquietudes, que aquí vamos  a intentar sintetizar, para aportar en aclarar los mecanismos de implementación de la Jornada Única y su incidencia en la Gestión Educativa Escolar:

1-. Al ser la Jornada Única una nueva jornada que oferta el Establecimiento Educativo, se debe emitir un acto administrativo por parte de la Entidad Territorial Certificada en Educación, reconociendo y autorizando la oferta de esta jornada para cada uno de los Establecimientos Educativos que se “subieron al bus”. Aunque esto es algo de carácter formal y legal, es necesario no obviarlo para que, a futuro haya una consolidación del programa en cada Establecimiento Educativo y a nivel territorial y no aparezcan argumentos legales que afecten la implementación y consolidación de este importante programa.

2-. Al implementarse la Jornada Única en los Establecimientos Educativos, es posible y  lógico, que se reduzca la oferta de jornadas en el Establecimiento Educativo, lo que generaría una afectación de ingresos al Rector , pues este recibe un sobre sueldo de acuerdo, también al número de jornadas que atiende, y ofrece su establecimiento educativo;

“ARTICULO 3°. RECONOCIMIENTO ADICIONAL POR NÚMERO DE JORNADAS. Además de los porcentajes dispuestos en el artículo 2° del presente Decreto, el rector que labore en una institución educativa que ofrezca más de una jornada, percibirá un reconocimiento adicional mensual, así:
a.                        Rector de institución educativa que ofrece dos jornadas y cuenta con menos de 1.000 estudiantes,
b.                        20%. b. Rector de institución educativa que ofrece dos jornadas y cuenta con 1.000 o más estudiantes,
c. 25%. c. Rector de institución educativa que ofrece tres jornadas y cuenta con menos de 1.000 estudiantes, 25%. d. Rector de institución educativa que ofrece tres jornadas y cuenta con 1.000 o más estudiantes, 30%”
Así, es preciso entrar a considerar en el Decreto Nacional de Salarios, un incentivo adicional  para los Rectores que implementen la Jornada Única, pero que como consecuencia de esto, se vean afectados en el reconocimiento de este sobresueldo por número de jornadas.

3-. Al existir un reconocimiento legal de la Jornada Única institucional, el Rector debe ser muy cuidadoso  en la promulgación  y comunicación de la resolución a cada docente en donde establece su jornada laboral, y su asignación académica:

Es claro que la jornada laboral docente es de ocho horas diarias, con una permanencia mínima obligatoria de seis horas diarias en el Establecimiento Educativo; así, si se van a  asignar horas extras a docentes, éstas se deben asignar y ejecutar  dentro de la jornada escolar, pero por fuera de la jornada laboral del Docente, asignada o definida por el Rector por medio de resolución; así y por  las implicaciónes para la gestión del Rector y la organización institucional, es más adecuado que el Rector haga una  resolución rectoral individual, a cada docente, definiendo su jornada laboral, su asignación académica y sus actividades curriculares complementarias y dejar esa poco sana costumbre de definir jornadas laborales de manera general para todos los docentes, igualándolas o equiparándolas a la jornada escolar; en todo caso se debe evitar la asignación de horas extras a docentes dentro de su jornada laboral.

4-. La implementación la Jornada Única en las áreas definidas por el Ministerio de Educación Nacional, debe estar acompañada por una estrategia de innovación  didáctico metodológica, de innovación pedagógica, pues si bien hecho de aumentar las horas diarias dirigidas a la formación, por si solo representa un avance importante,  pero  no  suficiente; así,  se debe articular la Jornada Única con la implementación y desarrollo del Programa para la Transformación de la Calidad Educativa “ Todos a Aprender”  (no “Programa para la Excelencia Docente y Académica” , cambio de nombre del programa, que  evidencia el  extravió de  sus orígenes conceptuales iniciales); adicionalmente debe generar un acompañamiento intenso a cada Establecimiento Educativo por parte de la Dirección de Calidad del Viceministerio de Educación Preescolar Básica y Media. Este es el verdadero reto de este Programa de Jornada Única.

5-.La implementación del Programa de Jornada Única, es un excelente instrumento para debatir algunos elementos de la organización tradicional escolar, que nos permitan visualizar una Institución Educativa moderna, y flexible. Un elemento importante es el de la jornada laboral docente;  tradicionalmente esta ha coincidido con la jornada escolar; esto es necesario, aunque no absoluto, en los niveles de preescolar y básica primaria, en donde el Decreto 1850 de 2002, establece la similitud de asignación académica y jornada escolar y jornada laboral en estos niveles;  pero en los niveles de básica secundaria y media, esto no es obligatorio, así un docente de estos niveles puede ingresar al Establecimiento Educativo y puede cumplir su jornada laboral de presencialidad  obligatoria, en horarios flexibles, que no necesariamente coincidan con la jornada escolar y puede extender su permanencia más allá de la duración de la Jornada Única. Así pueden encontrarse Docentes de las áreas básicas y fundamentales que ingresen  alternamente a las 6: 00 am, a las 8:00 am y hasta las 10:00 am y cumplan su jornada laboral y asignación académica hasta las 12:00, o las 2:00  pm o 4:00 pm inclusive, esto en la medida de lo posible, como producto del acuerdo entre Docente y Rector.

Pero también nos lanza a preguntarnos por qué el Establecimiento Educativo no puede funcionar regularmente en actividades de formación curricular los días sábados, por qué no se desarrollan actividades de áreas como educación física, o asignaturas como ética, educación  religiosa, democracia, y las cátedras diversas, por medio de talleres y seminarios masivos para grupos y niveles de manera integrada.

Nuestra Institución Educativa actual, la que hemos vivido y sufrido todos, es demasiado rígida, formal y estructurada sobre lógicas propias de modelos pedagógicos decimonónicos; hoy debe convertirse en más flexible y pertinente con las dinámicas de formación de las nuevas generaciones,  a las dinámicas de interacción social y al desarrollo de los procesos de socialización característicos de las tecnologías de la información y la comunicación, debe estar al ritmo del dinamismo del conocimiento moderno, en fin, debe repensarse, flexibilizarse y reorganizarse de una manera muy creativa.

Y esa oportunidad de discusión que necesariamente debía haber sido abordada por el Programa para la Transformación de la Calidad Educativa “Todos a Aprender”  desde su componente de Gestión Escolar, pero que no lo posibilito, hoy nos la está brindando, el Programa de Jornada Única, implementado  por el Ministerio de Educación Nacional.


Como siempre dejamos abierta la discusión para sus opiniones y aportes.